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6 de febrero, 2019

Aclaraciones al comunicado del CODINUCAT

Consejo General de Colegios Oficiales de Dietistas Nutricionistas

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Visto el comunicado de 4 de febrero publicado por el CODiNuCat (Col.legi de Dietistes-Nutricionistes de Catalunya) en su página web, nos vemos obligados a hacer importantes aclaraciones y facilitar datos de la forma más detallada y veraz posible sobre este comunicado, así como sobre las demás informaciones que sobre este tema y en el mismo sentido, se difundan.

Lamentamos y nos entristecen actuaciones como ésta por parte de compañeros de profesión, por la confusión innecesaria e injustificada que provocan.

Primera aclaración

El CODiNuCat dice Ahora la presidenta de la Comisión Gestora, la Sra. Laura Carreño, presidenta de CODINUCYL, convocará la Asamblea Constituyente y las elecciones de los órganos de gobierno.

  • La Comisión Gestora a la que hace referencia la Orden Ministerial SCB/85/2019, de 16 de enero, es la creada en base a la Ley 19/2014, de 15 de octubre, cuyo Acta se elevó a público ante Notario en Valencia el 28 de noviembre de 2014 y se creó con la concurrencia de la voluntad de todos los Colegios existentes en aquel momento: Navarra, Aragón, Illes Balears, País Vasco, Castilla La Mancha, Comunidad Valenciana, Murcia, Castilla y León, Andalucía y Cataluña, y cuya representante es la Sra. Alma Palau Ferré, nombramiento ratificado en marzo de 2015.
  • El 14 de marzo de 2015, reunida dicha Comisión Gestora, aprueba y firma unos Estatutos Provisionales que son remitidos al Ministerio de Sanidad para la verificación de la adecuación a la legalidad. Y son los que ahora se han publicado.
  • No se tiene constancia de que el Ministerio de Sanidad haya reconocido nunca a Laura Carreño presidenta de una Comisión Gestora paralela y extemporánea, supuestamente creada el 7 de abril de 2018 en una reunión de la que 10 CCAA se manifestaron en contra de su celebración y a la que el Consejo General requirió para que no se celebrara por ir en contra del mandato de la Ley 19/2014, de 15 de octubre, al estar fuera de plazo y al existir una Comisión Gestora que ya había cumplido esta función.
  • La Orden Ministerial no recoge una disposición de Asamblea Constituyente, por lo que es ir en contra de la Orden el convocarla. Y es la prueba de que ésta no es la vía para la constitución de los órganos de gobierno.
  • Lo que sí dispone la OM es que la Comisión Gestora informe al Ministerio de la constitución de los órganos de gobierno regulados por los Estatutos Provisionales. Y dichas elecciones ya han sido convocadas por la mitad de los Colegios Oficiales y la representante legítima de la Comisión Gestora, Dña. Alma Palau Ferré.

Segunda aclaración

El CODiNuCat dice Durante muchos años se ha estado confundiendo a los dietistas-nutricionistas de nuestro país y a nivel internacional explicando la existencia y la conformación de los órganos de gobierno de un autodenominado Consejo General.

  • Los órganos de gobierno del Consejo General se han constituido en base a los Estatutos provisionales aprobados por todos los Colegios existentes en 2015 y durante estos años la celebración de Asambleas, Plenos y Comisiones Ejecutivas se han regido por dichos Estatutos.
  • El CODiNuCat participó en la aprobación de los Estatutos, sin embargo, al no ser aceptadas por la mayoría de Colegios las enmiendas presentadas por éste, optó por intentar impugnar su aprobación y más tarde solicitar al Ministerio en varias ocasiones la paralización de la tramitación de los Estatutos del Consejo General.
  • Desde la Ley de creación de 2014, el Consejo General ha sido el interlocutor válido del Ministerio de Sanidad y de Educación y otros organismos públicos, ha sido reconocido por los dietistas-nutricionistas de España, y por las instituciones internacionales de dietistas-nutricionistas.
  • Llamar “autodenominado Consejo” al Consejo General, que cuenta con Ley de creación, que ha cumplido los mandatos de ésta y se ha regido por los Estatutos provisionales aprobados por la Comisión Gestora elegida por todos los Colegios existentes, que durante estos años ha estado avalada por 14 Comunidades Autónomas y que ha sido reconocido por instituciones oficiales nacionales e internacionales, es improcedente porque tergiversa la realidad.

Tercera y última aclaración

  • El CODiNuCat, lejos de procurar el diálogo, ha presentado escritos ante el Ministerio para posicionarse en contra de la publicación de los Estatutos del Consejo General y de la Comisión Gestora. Peticiones que no han sido atendidas por el Ministerio.
  • El CODiNuCat, desde enero de 2018, ha promovido reuniones con otros Colegios ante el Ministerio para ir en contra del Consejo General, sin ningún resultado positivo en el Ministerio.
  • Es un deber de todos respetar la Comisión Gestora legítimamente constituida, en tiempo y forma, en 2014 y los Estatutos provisionales aprobados democráticamente por todos los Colegios existentes en 2015, incluido el CODiNuCat.

Por todo ello, ante esta situación, con el fin de favorecer al máximo la resolución del conflicto, la representante de la Comisión Gestora, Dña. Alma Palau, conjuntamente con siete colegios oficiales, han convocado elecciones a la Comisión Ejecutiva y Asamblea General, que se celebrarán el 4 de abril de 2019, a los efectos de que queden constituidos de forma definitiva los órganos de Gobierno, conforme a lo dispuesto en la orden ministerial. Y cuya concurrencia es de obligado cumplimiento para la totalidad de los Colegios existentes en el Estado Español.

A 6 de febrero de 2019

CGCODN
Author: CGCODN