Actuaciones en defensa de nuestra marca
Como todos recordarán, nuestro Consejo General fue demandado en el año 2020 por parte el Consejo fraudulento con intención de arrebatarnos nuestra marca, “Consejo General de Colegios Oficiales de Dietistas-Nutricionistas”, procedimiento que fue tramitado ante el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia. Obtuvimos una clara victoria con una sentencia desestimatoria, confirmando la propiedad que ostentamos sobre la citada marca, tanto en primera instancia como en segunda ante la Audiencia Provincial de Valencia. Todo ello por cierto con imposición de costas a la parte contraria en ambas instancias.
Ante dicho resultado, habiendo quedado claro que la marca es única y exclusivamente nuestra, interpusimos una demanda en defensa de nuestros intereses frente al Consejo ilegítimo para tratar de evitar que siguieran haciendo uso de nuestra marca. Por desgracia, el resultado no ha sido el deseado. Esta semana se comunicó la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia en la que, pese a estimar uno de nuestros motivos de impugnación de la sentencia de primera instancia (que de manera sorprendente acogió un argumento que no fue defendido por ninguna de las partes), entienden que en la medida en que el Colegio ilegítimo utiliza un logotipo distinto al nuestro no están haciendo uso completo de nuestra marca y no se produce por tanto intromisión ilegítima. No nos condena al pago de las costas judiciales (a diferencia del procedimiento anterior, en el que recordemos que el Consejo ilegítimo fue condenado en costas en las dos instancias).
Respetamos como no puede ser de otra forma dicho pronunciamiento judicial, aunque no estemos conformes con su contenido, y seguiremos trabajando en la defensa de los intereses de nuestro Consejo General frente a toda injerencia ilegítima que se produzca.
Hay que añadir que, este procedimiento versa sobre derecho de uso de marcas y que la legitimidad del Consejo ya ha sido resulta por el Tribunal Supremo obteniendo una sentencia favorable a este Consejo y declarando el proceso de constitución y de elección de la Comisión Ejecutiva legítimo, conforme a principios democráticos y de transparencia.